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Trámites en oficina

Autorización para utilizar sistemas de emisión de sonidos destinados a ahuyentar mamíferos marinos o aves

Descripción

La presente autorización es otorgada por esta Subsecretaría al titular de una concesión de acuicultura, con el objeto de permitir el uso de sistemas de emisión de sonidos destinados a ahuyentar mamíferos marinos y aves, a fin de prevenir la interacción de dichas especies con los centros de cultivo.

En este contexto, y en el marco de una política sectorial orientada a la conservación de especies, la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura ha impulsado diversas acciones para dar cumplimiento al artículo 4° letra f), del D.S. (MINECON) N° 320, de 2001 y a dar cumplimiento a diversos tratados y acuerdos internacionales de los cuales el Chile es parte, tales como, la Convención sobre la Conservación de las Especies Migratorias de Animales Silvestres (Bonn o CMS), el Plan de Acción para la Conservación de los Mamíferos Marinos del Pacífico Sudeste de la Comisión Permanente del Pacífico Sur (CPPS) y la Ley de Protección de Mamíferos Marinos de los Estados Unidos (MMPA), la cual exige a los países exportadores de productos derivados de la pesca y la acuicultura minimizar la mortalidad incidental y las lesiones graves de los mamíferos marinos.

En virtud de lo anterior, y en conformidad con el artículo 4° letra f), del D.S. (MINECON) N° 320 de 2001, con fecha 11 de septiembre de 2025 se publicó la Resolución Exenta Nº 2141/2025 de esta Subsecretaría, mediante la cual se autoriza la utilización de sistemas de sonido destinados a ahuyentar mamíferos marinos y aves, previamente aprobados por la Subpesca, como métodos disuasivos para evitar la interacción de mamíferos y aves con los centros de cultivo.

Considerando lo anterior, en la siguiente pestaña se encuentra disponible el "Listado de proveedores de sistemas de sonido destinados a ahuyentar mamíferos marinos y aves, según lo dispuesto en la Res. Ex. (SSPA) N° 2141/2025".

Descripción

La presente autorización es otorgada por esta Subsecretaría al titular de una concesión de acuicultura, con el objeto de permitir el uso de sistemas de emisión de sonidos destinados a ahuyentar mamíferos marinos y aves, a fin de prevenir la interacción de dichas especies con los centros de cultivo.

En este contexto, y en el marco de una política sectorial orientada a la conservación de especies, la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura ha impulsado diversas acciones para dar cumplimiento al artículo 4° letra f), del D.S. (MINECON) N° 320, de 2001 y a dar cumplimiento a diversos tratados y acuerdos internacionales de los cuales el Chile es parte, tales como, la Convención sobre la Conservación de las Especies Migratorias de Animales Silvestres (Bonn o CMS), el Plan de Acción para la Conservación de los Mamíferos Marinos del Pacífico Sudeste de la Comisión Permanente del Pacífico Sur (CPPS) y la Ley de Protección de Mamíferos Marinos de los Estados Unidos (MMPA), la cual exige a los países exportadores de productos derivados de la pesca y la acuicultura minimizar la mortalidad incidental y las lesiones graves de los mamíferos marinos.

En virtud de lo anterior, y en conformidad con el artículo 4° letra f), del D.S. (MINECON) N° 320 de 2001, con fecha 11 de septiembre de 2025 se publicó la Resolución Exenta Nº 2141/2025 de esta Subsecretaría, mediante la cual se autoriza la utilización de sistemas de sonido destinados a ahuyentar mamíferos marinos y aves, previamente aprobados por la Subpesca, como métodos disuasivos para evitar la interacción de mamíferos y aves con los centros de cultivo.

Considerando lo anterior, en la siguiente pestaña se encuentra disponible el "Listado de proveedores de sistemas de sonido destinados a ahuyentar mamíferos marinos y aves, según lo dispuesto en la Res. Ex. (SSPA) N° 2141/2025".

Listado de proveedores de sistemas de sonido destinados a ahuyentar mamíferos marinos y aves, según lo dispuesto en la Res. Ex. (SSPA) N°2141/2025

Marco Legal

El D.F.L. Nº 5 de 1983; la Ley General de Pesca y Acuicultura Nº 18.892 y sus modificaciones cuyo texto refundido coordinado y sistematizado fue fijado por D.S. Nº 430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; la Ley Nº 19.880; los D.S. Nº 319 y N° 320, ambos de 2001, y sus modificaciones, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

Esta autorización se encuentra en el artículo 4° letra f) del D.S. Nº 320 de 2001, ya citado.

¿A quién va dirigido?

A los titulares de concesiones de acuicultura, personas naturales o jurídicas.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Se debe distinguir:

  • En el caso de Personas Jurídicas:
  1. Si está inscrita en el RPJ y siempre que esté vigente, copia del certificado de inscripción. Quien firma la solicitud debe ser de aquellos representantes que están inscritos en el RPJ, de lo contrario deberá acreditar los poderes.
  2. Si no está inscrita en el RPJ, o no está vigente, deberá acompañar:
    • Copia autorizada ante Notario de la inscripción de la constitución de la Sociedad en el Registro de Comercio, con anotaciones marginales que den cuenta de sus modificaciones, si existen.
    • Certificado de vigencia de la Sociedad, en original o copia autorizada ante Notario, emitido por el Conservador de Bienes Raíces y Comercio respectivo.
    • Documentos que acredite los poderes o personas que pueden representar a la Sociedad, en original o copia autorizada ante Notario, con certificación de vigencia.
    • Copia del R.U.T. de la Sociedad, y del representante legal. Este debe ser quien debe firmar la solicitud.
  • En caso de Persona Natural:
    • Copia de la cédula Nacional de Identidad.
    • En todos los casos anteriores, se deberá acompañar un Informe Metodológico preliminar de las actividades a desarrollar, que en general considere la descripción del tipo de metodología a utilizar, centro de cultivo donde se desarrollarán las actividades, tiempo de aplicación y procedimiento que demuestre la efectividad de la metodología a aplicar y que no tendrá efectos ambientales adversos.

¿Cuál es el costo del trámite?

No tiene costo.

¿Cómo y dónde hago el trámite?

En línea

1.Reúna los antecedentes requeridos.
2.Diríjase al trámite en línea https://subpesca.cerofilas.gob.cl/tramites/iniciar/1987
3.Ingrese con su Clave única y siga las instrucciones de activación.
4.Ingrese su solicitud en línea. No tiene costo

En Oficina

1. Reúna el antecedente requeridos.

2. Diríjase a la oficina de la Subsecretaría de Pesca, ubicada en Bellavista 168, piso 16, Valparaíso. Horario de atención: lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas.

3. Explique el motivo de su visita: Ingreso solicitud artículo 4° letra f) del D.S. N° 320 de 2001.

4. Entregue el antecedente requerido.

5. Como resultado del trámite, habrá solicitado la autorización. Obtendrá una respuesta en un plazo máximo de seis meses.