La presente autorización es otorgada por esta Subsecretaría al titular de una concesión de acuicultura, con el objeto de permitir el uso de sistemas de emisión de sonidos destinados a ahuyentar mamíferos marinos y aves, a fin de prevenir la interacción de dichas especies con los centros de cultivo.
En este contexto, y en el marco de una política sectorial orientada a la conservación de especies, la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura ha impulsado diversas acciones para dar cumplimiento al artículo 4° letra f), del D.S. (MINECON) N° 320, de 2001 y a dar cumplimiento a diversos tratados y acuerdos internacionales de los cuales el Chile es parte, tales como, la Convención sobre la Conservación de las Especies Migratorias de Animales Silvestres (Bonn o CMS), el Plan de Acción para la Conservación de los Mamíferos Marinos del Pacífico Sudeste de la Comisión Permanente del Pacífico Sur (CPPS) y la Ley de Protección de Mamíferos Marinos de los Estados Unidos (MMPA), la cual exige a los países exportadores de productos derivados de la pesca y la acuicultura minimizar la mortalidad incidental y las lesiones graves de los mamíferos marinos.
En virtud de lo anterior, y en conformidad con el artículo 4° letra f), del D.S. (MINECON) N° 320 de 2001, con fecha 11 de septiembre de 2025 se publicó la Resolución Exenta Nº 2141/2025 de esta Subsecretaría, mediante la cual se autoriza la utilización de sistemas de sonido destinados a ahuyentar mamíferos marinos y aves, previamente aprobados por la Subpesca, como métodos disuasivos para evitar la interacción de mamíferos y aves con los centros de cultivo.
Considerando lo anterior, en la siguiente pestaña se encuentra disponible el "Listado de proveedores de sistemas de sonido destinados a ahuyentar mamíferos marinos y aves, según lo dispuesto en la Res. Ex. (SSPA) N° 2141/2025".
La presente autorización es otorgada por esta Subsecretaría al titular de una concesión de acuicultura, con el objeto de permitir el uso de sistemas de emisión de sonidos destinados a ahuyentar mamíferos marinos y aves, a fin de prevenir la interacción de dichas especies con los centros de cultivo.
En este contexto, y en el marco de una política sectorial orientada a la conservación de especies, la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura ha impulsado diversas acciones para dar cumplimiento al artículo 4° letra f), del D.S. (MINECON) N° 320, de 2001 y a dar cumplimiento a diversos tratados y acuerdos internacionales de los cuales el Chile es parte, tales como, la Convención sobre la Conservación de las Especies Migratorias de Animales Silvestres (Bonn o CMS), el Plan de Acción para la Conservación de los Mamíferos Marinos del Pacífico Sudeste de la Comisión Permanente del Pacífico Sur (CPPS) y la Ley de Protección de Mamíferos Marinos de los Estados Unidos (MMPA), la cual exige a los países exportadores de productos derivados de la pesca y la acuicultura minimizar la mortalidad incidental y las lesiones graves de los mamíferos marinos.
En virtud de lo anterior, y en conformidad con el artículo 4° letra f), del D.S. (MINECON) N° 320 de 2001, con fecha 11 de septiembre de 2025 se publicó la Resolución Exenta Nº 2141/2025 de esta Subsecretaría, mediante la cual se autoriza la utilización de sistemas de sonido destinados a ahuyentar mamíferos marinos y aves, previamente aprobados por la Subpesca, como métodos disuasivos para evitar la interacción de mamíferos y aves con los centros de cultivo.
Considerando lo anterior, en la siguiente pestaña se encuentra disponible el "Listado de proveedores de sistemas de sonido destinados a ahuyentar mamíferos marinos y aves, según lo dispuesto en la Res. Ex. (SSPA) N° 2141/2025".
El D.F.L. Nº 5 de 1983; la Ley General de Pesca y Acuicultura Nº 18.892 y sus modificaciones cuyo texto refundido coordinado y sistematizado fue fijado por D.S. Nº 430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; la Ley Nº 19.880; los D.S. Nº 319 y N° 320, ambos de 2001, y sus modificaciones, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Esta autorización se encuentra en el artículo 4° letra f) del D.S. Nº 320 de 2001, ya citado.
A los titulares de concesiones de acuicultura, personas naturales o jurídicas.
Se debe distinguir:
No tiene costo.
1.Reúna los antecedentes requeridos.
2.Diríjase al trámite en línea https://subpesca.cerofilas.gob.cl/tramites/iniciar/1987
3.Ingrese con su Clave única y siga las instrucciones de activación.
4.Ingrese su solicitud en línea. No tiene costo
1. Reúna el antecedente requeridos.
2. Diríjase a la oficina de la Subsecretaría de Pesca, ubicada en Bellavista 168, piso 16, Valparaíso. Horario de atención: lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas.
3. Explique el motivo de su visita: Ingreso solicitud artículo 4° letra f) del D.S. N° 320 de 2001.
4. Entregue el antecedente requerido.
5. Como resultado del trámite, habrá solicitado la autorización. Obtendrá una respuesta en un plazo máximo de seis meses.