La Unidad de Cobros y Análisis Recaudatorio, perteneciente a la División de Desarrollo Pesquero de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura (Subpesca), informa que están disponibles para pago -en Tesorería General de la República- los cobros de la primera cuota, año 2025, correspondiente a los permisos extraordinarios de pesca del sector artesanal.
Lo anterior, se encuentra reglamentado en el Decreto Supremo N°97/1996 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, en base a los artículos 39, 40 y 40A de la LGPA. El articulado citado anteriormente señala en su párrafo 2° bis, artículo 18 F, que el monto total expresado de cada oferta adjudicada se deberá pagar en dos cuotas pagaderas en los meses de junio y diciembre de cada año.