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Trámites en oficina

Autorización de modificación de frecuencia de lavado in situ

Descripción

Es la autorización que esta Subsecretaría le otorga al titular de una concesión de acuicultura - que está autorizado por el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura para realizar la limpieza in situ de las artes de cultivo - para realizar frecuencias distintas de limpieza in situ, en áreas o sectores, que por sus características ambientales así lo justifiquen.

La "limpieza in situ" consiste en la limpieza de las artes de cultivo sin ser retiradas del agua o movidas de su ubicación. Existen dos tipos: a) sin retención de sólidos, que se refiere a aquella que deja caer al fondo todo lo que se desprende de las redes al limpiar; y b) con retención de sólidos, que se refiere a aquella que recoge o aspira el material que se desprende de las redes al limpiarlas, el material retenido se dispone en tierra y el agua sobrante es devuelta al cuerpo de agua. En ambos casos existen períodos determinados o frecuencia para realizarlas.

La limpieza o lavados de artes de cultivo se podrá realizar en aquellos que no se encuentren impregnados con anti-incrustantes que contengan biocida o elementos tóxicos.

Descripción

Es la autorización que esta Subsecretaría le otorga al titular de una concesión de acuicultura - que está autorizado por el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura para realizar la limpieza in situ de las artes de cultivo - para realizar frecuencias distintas de limpieza in situ, en áreas o sectores, que por sus características ambientales así lo justifiquen.

La "limpieza in situ" consiste en la limpieza de las artes de cultivo sin ser retiradas del agua o movidas de su ubicación. Existen dos tipos: a) sin retención de sólidos, que se refiere a aquella que deja caer al fondo todo lo que se desprende de las redes al limpiar; y b) con retención de sólidos, que se refiere a aquella que recoge o aspira el material que se desprende de las redes al limpiarlas, el material retenido se dispone en tierra y el agua sobrante es devuelta al cuerpo de agua. En ambos casos existen períodos determinados o frecuencia para realizarlas.

La limpieza o lavados de artes de cultivo se podrá realizar en aquellos que no se encuentren impregnados con anti-incrustantes que contengan biocida o elementos tóxicos.

Marco Legal

El D.F.L. Nº 5 de 1983; la Ley General de Pesca y Acuicultura Nº 18.892 y sus modificaciones cuyo texto refundido coordinado y sistematizado fue fijado por D.S. Nº 430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; la Ley Nº 19.880; los D.S. Nº 319 y N° 320, ambos de 2001, y sus modificaciones, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

Esta autorización se encuentra en el artículo 9° del D.S. Nº 320 de 2001, ya citado.

¿A quién va dirigido?

A los titulares de concesiones de acuicultura, personas naturales o jurídicas.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Se debe distinguir:

  • En el caso de Personas Jurídicas:
    1. Si está inscrita en el RPJ y siempre que esté vigente, copia del certificado de inscripción. Quien firma la solicitud debe ser de aquellos representantes que están inscritos en el RPJ, de lo contrario deberá acreditar los poderes.
    2. Si no está inscrita en el RPJ, o no está vigente, deberá acompañar:
    • Copia autorizada ante Notario de la inscripción de la constitución de la Sociedad en el Registro de Comercio, con anotaciones marginales que den cuenta de sus modificaciones, si existen.
    • Certificado de vigencia de la Sociedad, en original o copia autorizada ante Notario, emitido por el Conservador de Bienes Raíces y Comercio respectivo.
    • Documentos que acredite los poderes o personas que pueden representar a la Sociedad, en original o copia autorizada ante Notario, con certificación de vigencia.
    • Copia del R.U.T. de la Sociedad, y del representante legal. Este debe ser quien debe firmar la solicitud.
  • En caso de Persona Natural:
    • Copia de la cédula Nacional de Identidad.
    • En todos los casos anteriores, se deberá acompañar un Informe preliminar que permita comprobar que las características ambientales del sector de emplazamiento del centro de cultivo justifiquen el cambio de frecuencia solicitado.

¿Cuál es el costo del trámite?

No tiene costo.

¿Cómo y dónde hago el trámite?

En línea

1.Reúna los antecedentes requeridos.
2.Diríjase al trámite en línea https://subpesca.cerofilas.gob.cl/tramites/iniciar/1965
3.Ingrese con su Clave única y siga las instrucciones de activación.
4.Ingrese su solicitud en línea. No tiene costo

En Oficina

1. Reúna el antecedente requeridos.

2. Diríjase a la oficina de la Subsecretaría de Pesca, ubicada en Bellavista 168, piso 16, Valparaíso. Horario de atención: lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas.

3. Explique el motivo de su visita: Ingreso de solicitud de modificación de la frecuencia de la limpieza y lavado in situ.

4. Entregue el antecedente requerido.

5. Como resultado del trámite, habrá solicitado la autorización.

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