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¿Cuántos días de Permiso Pagado tiene derecho el funcionario por la muerte de su hijo o cónyuge?

El inciso 1º del artículo 66 del Código del Trabajo, establece que "en el caso de muerte de un hijo así como en el de muerte del cónyuge, todo trabajador tendrá derecho a siete días corridos de permiso pagado, adicional al feriado anual, independientemente del tiempo de servicio".

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