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¿Qué significa Cooperación para el Convenio?

La Cooperación debe entenderse como una acción conjunta que es exigible al Estado y a los pueblos indígenas para el diseño y la adopción de medidas por lo menos en la adopción de medidas para allanar las dificultades al afrontar nuevas condiciones de vida y de trabajo; en el mejoramiento de las condiciones de vida y de trabajo y del nivel de salud y educación; en la realización de estudios para evaluar la incidencia de las actividades de desarrollo; en la protección y preservación del medio ambiente en sus territorios; en la adopción de medidas especiales para garantizarles como trabajadores una protección eficaz en materia de contratación y empleo, en la medida que no estén protegidos eficazmente por la legislación aplicable a los trabajadores en general; en los estudios que se realicen para la creación de programas especiales de formación profesional; en la planificación y administración de los servicios de salud y educación.