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¿Qué significa normas ejecutables y autoejecutables?

Las normas autoejecutables son las que se aplican inmediata y directamente con entrada en vigencia del Convenio. Las normas no autoejecutables son las que entran en vigencia pero no otorgan un derecho exigible inmediatamente, sino que imponen un deber al Estado, por ejemplo, de dictar una medida. En este último caso además debe considerarse el artículo 34 señala "que la naturaleza y el alcance de las medidas que se adopten para dar efecto al presente Convenio deberán determinarse con flexibilidad, teniendo en cuenta las condiciones de cada país".