31-mar-2017
Los titulares de autorizaciones de pesca, permisos y licencias transables de pesca (LTP) ya pueden comenzar a pagar la patente única pesquera 2017 y las modificaciones relacionadas a la operación de la flota durante 2016.
Cabe recordar que la ley indica que los titulares de autorizaciones de pesca y permisos pagarán anualmente una patente única pesquera de beneficio fiscal, por cada embarcación que efectúe actividades pesqueras extractivas, correspondiente a 0,4 unidades tributarias mensuales por cada tonelada de registro grueso para naves de hasta 80 toneladas de registro grueso; de 0,5 unidad tributaria mensual por cada tonelada de registro grueso, para naves mayores a 80 y de hasta 100 toneladas de registro grueso; de 1,0 unidades tributarias mensuales por cada tonelada de registro grueso, para naves mayores a 100 y de hasta 1.200 toneladas de registro grueso; y de 1,5 unidades tributarias mensuales por cada tonelada de registro grueso, para naves mayores a 1.200 toneladas de registro grueso.
Las embarcaciones pesqueras chilenas, cuya tripulación esté formada al menos en un 85% por nacionales y que realicen faenas pesqueras extractivas exclusivamente en la alta mar o en el mar presencial, estarán exentas del pago de patente única pesquera.
Asimismo, la normativa indica que los titulares de licencias transables de pesca clases A y B pagarán anualmente en el mes de marzo una patente de beneficio fiscal por cada una de las naves inscritas, la que será equivalente a 0,44 unidades tributarias mensuales por cada tonelada de registro grueso para naves de hasta 80 toneladas de registro grueso; de 0,55 unidades tributarias mensuales por cada tonelada de registro grueso para naves mayores a 80 y de hasta 100 toneladas de registro grueso; de 1,1 unidades tributarias mensuales por cada tonelada de registro grueso para naves mayores a 100 y de hasta 1.200 toneladas de registro grueso; y de 1,66 unidades tributarias mensuales por cada tonelada de registro grueso, para naves mayores a 1.200 toneladas de registro grueso.
El pago debe realizarse en Tesorería General de la Republica a través del Formulario 37.