Respecto de esas modificaciones, la división de Acuicultura de Subpesca emitió el boletín que a continuación se transcribe:
“Con fecha 18 de julio de 2018 se ha publicado en el Diario Oficial la Resolución Exenta N° 2881 de 2018, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo que complementa al Programa Sanitario Específico de Vigilancia y Control de la Caligidosis.
“Dentro de estas modificaciones se incluye:
- Los tratamientos antiparasitarios con Peróxido de Hidrógeno podrán ser ejecutados tanto dentro como fuera de una ventana de tratamiento oficial.
- El Servicio podrá modificar una ventana de tratamiento frente a acuerdos sostenidos por la totalidad de los titulares de un ACS o extender una ventana en curso frente a solicitudes de un centro de cultivo, en consideración de factores ambientales, logísticos u otro que pudiese afectar el resultado de una terapia.
- Se establece un plazo de 48 horas para el envío del plan de cosecha anticipada en los casos que aplica conforme el Programa.
- Para la rotación de principios activos, podrán ser considerados tratamientos no farmacológicos, previa evaluación y autorización del Servicio.
“Todas las medidas establecidas en esta Resolución comienzan a regir desde la publicación en el Diario Oficial.
“El texto de la publicación se encuentra disponible en la página web del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, www.sernapesca.cl.”