A trav�s del r�gimen AMERB se otorgan derechos de uso o explotaci�n exclusiva sobre los recursos bent�nicos (invertebrados bent�nicos y algas), presentes en sectores geogr�ficos previamente delimitados. Este r�gimen puede ser desarrollado exclusivamente por organizaciones de pescadores artesanales, legalmente constituidas, previa aprobaci�n de un plan de manejo basado en la sustentabilidad de los recursos en el sector.
De acuerdo a la Ley General de Pesca y Acuicultura (LGPA), este r�gimen de acceso puede establecerse en el �rea de reserva para la pesca artesanal (ARPA) y en las aguas terrestres (r�os y lagos) del territorio nacional. Cabe precisar que el ARPA incluye la franja costera de cinco millas n�uticas que se proyecta desde las l�neas de base, entre el l�mite norte de la Rep�blica y el sur de la Isla de Chilo� (43�25'45" L.S.), y alrededor de las islas oce�nicas, pero tambi�n contempla la playa de mar y las aguas interiores del pa�s (al interior de las l�neas de base rectas, en la zona austral).
Para la creaci�n de un sector AMERB se requiere de una propuesta inicial por parte de una organizaci�n de pescadores artesanales, quienes identifican el lugar de su inter�s en la costa, para luego ser presentado ante la SSPA. Se contin�a por parte de la Subsecretar�a, con un proceso de verificaci�n de posibles sobre posiciones con otros usos del borde costero (concesiones mar�timas de todo tipo), debiendo luego solicitarse los pronunciamientos del Consejo Zonal de Pesca respectivo, y de la Subsecretar�a para las Fuerzas Armadas. Cumplidas estas consultas, y no habiendo detectado impedimentos para su aprobaci�n, el sector puede ser declarado bajo r�gimen AMERB mediante decreto del Ministerio de Econom�a, Fomento y Turismo. Finalmente, el sector debe ser validado por parte del Ministerio de Defensa Nacional, a trav�s del otorgamiento de una destinaci�n mar�tima, en el mismo lugar, a nombre del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Una vez establecido el sector AMERB, por ambos ministerios, cualquier organizaci�n de pescadores puede iniciar el proceso de asignaci�n. Para ello presenta una solicitud de autorizaci�n para realizar un proyecto de manejo y explotaci�n, la cual finaliza con la presentaci�n de un Estudio de Situaci�n Base (ESBA) y una propuesta de Plan de Manejo y Explotaci�n del �rea (PMEA), los que son analizados y posteriormente sancionados por la Subsecretar�a. La asignaci�n del AMERB culmina con la celebraci�n de un convenio de uso entre el SERNAPESCA y la organizaci�n de pescadores, quien pasa a ser el titular del AMERB.
Los espacios que son asignados bajo este r�gimen de acceso, se administran bajo un plan de manejo y explotaci�n del �rea (PMEA) presentado por las organizaciones, con la asesor�a t�cnica de una instituci�n ligada a las ciencias del mar (universidad, instituto o empresa consultora). El PMEA debe estar formulado bajo un enfoque moderno de manejo pesquero que compatibilice objetivos de conservaci�n y explotaci�n, dando sustentabilidad al sistema biol�gico-productivo. La aplicaci�n de dicho plan es informada y evaluada peri�dicamente por la Subsecretar�a, a trav�s de los informes de seguimiento.
Con esto se logra, por un lado, regular el acceso a las pesquer�as bent�nicas y propender a la conservaci�n de estos recursos; y por otro, se fomenta la consolidaci�n de las organizaciones de pescadores y su capacidad de gesti�n, logrando que se recuperen los niveles de producci�n de las �reas entregadas, as� como tambi�n, que los pescadores mejoren sus beneficios a trav�s de una gesti�n comercial organizada (el manejo, explotaci�n y comercializaci�n del recurso es responsabilidad de la organizaci�n).
Desde el establecimiento en 1997 de los primeros sectores AMERB, es posible afirmar que este r�gimen de acceso ha sido bien acogido y valorado por las organizaciones de pescadores artesanales, mostrando en la pr�ctica ser una herramienta eficaz para los intercambios comerciales entre demandantes de materias primas y los titulares AMERB, puesto que quien compra, establece sus requerimientos de calidad (calibres, unidades por kilo, etc.), y la organizaci�n vende en funci�n de su capital (los recursos presentes en el �rea). Esto redunda en una mejora de los precios para los recursos provenientes desde �reas de manejo, versus aquellos extra�dos en �reas de libre acceso.
El Estado ha impulsado la puesta en marcha de las �reas de manejo a trav�s del financiamiento de los estudios necesarios para obtener informaci�n de los recursos. Esto ha hecho posible que la organizaci�n, junto con sus asesores, establezca el plan de manejo del �rea y determinen las mejores alternativas para lograr la sustentabilidad de los recursos. As� mismo, recientemente, se han dispuesto fondos sectoriales para apoyar en el desarrollo de acciones complementarias en las AMERB, que sean compatibles con el manejo del banco o pradera natural, destacando entre ellas programas de repoblamiento, captaci�n de semillas y actividades de acuicultura, cuyo prop�sito es efectuar un mejor aprovechamiento de los sectores asignados, de acuerdo a sus caracter�sticas, condiciones y necesidades particulares.