Resumen ejecutivo del trámite.
Con el objeto de permitir el uso de sistemas de emisión de sonidos destinados a ahuyentar mamíferos marinos y aves, a fin de prevenir la interacción de dichas especies con los centros de cultivo, le corresponde la Subsecretaría de Pesca y Acuacultura autorizar y registrar los proveedores de sistemas de disuasión destinados a su ahuyentamiento , así como registrar la solicitud efectuada por el titular de una concesión de acuicultura para aplicar sistema de recuperación de fondo en su centro de cultivo.
En este contexto, y en el marco de una política sectorial orientada a la conservación de especies, la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura ha impulsado diversas acciones para dar cumplimiento al artículo 4° letra f), del D.S. (MINECON) N° 320, de 2001 y a dar cumplimiento a diversos tratados y acuerdos internacionales de los cuales el Chile es parte, tales como, la Convención sobre la Conservación de las Especies Migratorias de Animales Silvestres (Bonn o CMS), el Plan de Acción para la Conservación de los Mamíferos Marinos del Pacífico Sudeste de la Comisión Permanente del Pacífico Sur (CPPS) y la Ley de Protección de Mamíferos Marinos de los Estados Unidos (MMPA), la cual exige a los países exportadores de productos derivados de la pesca y la acuicultura minimizar la mortalidad incidental y las lesiones graves de los mamíferos marinos.
En virtud de lo anterior, y en conformidad con el artículo 4° letra f), del D.S. (MINECON) N° 320 de 2001, con fecha 11 de septiembre de 2025 se publicó la Resolución Exenta Nº 2141 de 2025 de esta Subsecretaría, mediante la cual se autoriza la utilización de sistemas de sonido destinados a ahuyentar mamíferos marinos y aves, previamente aprobados por la Subpesca, como métodos disuasivos para evitar la interacción de mamíferos y aves con los centros de cultivo.