En el marco de la Resolución Exenta N° 1102 de 2026, los titulares de concesiones de acuicultura que incorporen el cultivo de macroalgas deberán presentar, por única vez, una declaración jurada simple ante el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, con copia a la Subsecretaría. Este documento deberá consignar las producciones máximas autorizadas del cultivo principal y las proyectadas para macroalgas, conforme al formulario disponible para descarga en este sitio, sin que ello autorice a exceder los límites de producción.