La inscripción en el Registro de Personas Jurídicas contemplado en el Artículo 15 del D.S. Nº 113 de 2013, MINECON, es la constancia que realiza la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura de la existencia legal de las personas jurídicas que realizan actividades de Acuicultura, para efectos de eximirse de presentar documentación en ciertos trámites.
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Personas jurídicas.
* Todas estas normas pueden ser consultadas en el icono Normativa/Índice alfabético/Acuicultura, de esta página.
1.- Ley Nº 19.880.
2.- Artículo 7 y 15 del D.S. Nº 113 de 2013, y sus modificaciones, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba Registro Público de Concesiones de Acuicultura.
Puede ser peticionaria toda persona jurídica constituida según las leyes nacionales, cuyo objeto o giro social, establecido en sus estatutos sociales, incluya el desarrollo de actividades de acuicultura, económicas o productivas.
1) Copia de la escritura pública de constitución de la sociedad - y sus modificaciones, si es que existen - en original, autorizada ante notario u otro formato verificable y/o con firma electrónica avanzada.
2) Copia de la inscripción de constitución de la sociedad, en el Registro de Comercio que corresponda - con anotaciones marginales que den cuenta de sus modificaciones, si existen - en original, autorizada ante notario u otro formato verificable y/o con firma electrónica avanzada.
1) La solicitud se presenta directamente o vía postal en la Oficina de partes de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura (Bellavista 168, piso 16, Valparaíso).
Para presentaciones en formato digital, debe ingresar con su clave única a través de https://registropersonajuracui.subpesca.cl/ (Registro de Persona Jurídica en línea).
2) La Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, a través de su División Jurídica, realizará un estudio legal de los antecedentes presentados y evaluará su suficiencia. Con base en dicho análisis, podrá inscribirlos si se considera que cumplen con los requisitos o bien solicitar antecedentes complementarios (*importante indicar domicilio y correo electrónico para estos efectos).
3) Inscrita la persona Jurídica en la sección Registro de Persona Jurídica para Acuicultura: https://registropersonajuracui.subpesca.cl/, se emite un Certificado, el cual se distribuye al Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura y al titular (*importante indicar domicilio y correo electrónico para estos efectos).
* Recuerde: si ya está inscrito en el Registro de Personas Jurídicas, link directo https://registropersonajuracui.subpesca.cl/, es su responsabilidad mantenerlo actualizado enviando certificado de vigencia de la sociedad y certificado de vigencia de poderes de cada uno de los representantes legales inscritos - o revocación/modificación de dichos poderes - en el mes de abril de cada año.
*CONSULTAS: [email protected]
En el evento de que sean solicitados antecedentes adicionales, que su titular no los acompañe, y se declare abandonado el procedimiento administrativo de la inscripción por resolución de la Subsecretaría, cuenta con el plazo de 5 días hábiles contados desde su notificación, para interponer recurso de reposición ante esta repartición, y recurso jerárquico en subsidio.