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Cesión de cuota del régimen artesanal de extracción de pescadores artesanales al sector industrial

Descripción

Los titulares de asignaciones establecidas conforme al Régimen Artesanal de Extracción podrán ceder total o parcialmente las toneladas asignadas para un año calendario a un titular de licencia transable de pesca de la especie de que se trate, quienes podrán extraerlas de acuerdo con su normativa y dentro de la unidad de pesquería autorizada, debiendo ésta siempre efectuarse dentro de la misma unidad poblacional.

Descripción

Los titulares de asignaciones establecidas conforme al Régimen Artesanal de Extracción podrán ceder total o parcialmente las toneladas asignadas para un año calendario a un titular de licencia transable de pesca de la especie de que se trate, quienes podrán extraerlas de acuerdo con su normativa y dentro de la unidad de pesquería autorizada, debiendo ésta siempre efectuarse dentro de la misma unidad poblacional.

Marco legal

  • Artículo N° 55 de la Ley de Pesca y Acuicultura.

¿A quién está dirigido?

Organizaciones de pescadores artesanales, áreas, individual u otros titulares de asignaciones en el marco del Régimen Artesanal de Extracción (RAE) que manifiesten su voluntad en orden a ceder toneladas asignadas para el respectivo año calendario a otro titular de la misma región o titulares de otras regiones, siempre que se trate de una misma unidad poblacional.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Dependiendo del tipo de unidad de asignación se deben presentar los siguientes documentos:

Organización de pescadores artesanales:

  • Carta de solicitud de la organización de pescadores artesanal cedente indicando las toneladas del recurso a ceder, así como la individualización del cesionario.
  • Certificado de vigencia que acredite que la organización de pescadores artesanales se encuentra legalmente constituida y su directorio se encuentre vigente a la fecha de la solicitud, con una antigüedad no superior a 6 meses.
  • Acta de asamblea, extendida en original o copia autorizada ante un ministro de fe (Notario Público, Oficial del Registro Civil o Secretario Municipal), en la cual debe constar la aprobación de la mayoría absoluta (50% +1) de los pescadores inscritos en la pesquería sometida a RAE).
  • Registro del último de zarpe de la(s) embarcación(es) del cedente otorgado por la Autoridad Marítima o contrato de embarque.
  • Carta de aceptación del cesionario de las toneladas traspasadas; en el caso que el cesionario sea una organización de pescadores artesanales, la carta debe ser firmada por el directorio y debe acompañarse certificado de vigencia, con una antigüedad no superior a 6 meses; documentación que acredite la representación del área o flota en su caso.

Área

  • Carta de solicitud del área cedente indicando las toneladas del recurso a ceder, así como la individualización del cesionario.
  • Actas de asambleas de cada una de las organizaciones que integran el área, extendida en original o copia autorizada ante un ministro de fe (Notario Público, Oficial del registro civil o Secretario Municipal) en la cual debe constar la aprobación de la mayoría absoluta (50% +1) de los pescadores inscritos en la pesquería sometida a RAE.
  • Certificado de vigencia de cada una de las organizaciones que componen el área, que acredite que las organizaciones de pescadores artesanales se encuentran legalmente constituidas y su directorio se encuentre vigente a la fecha de la solicitud, con una antigüedad no superior a 6 meses.
  • Acta de Consejo de Administración que conste que la cesión fue autorizada por la mayoría absoluta de los representantes del área.
  • Registro del último de zarpe de la(s) embarcación(es) del cedente otorgado por la Autoridad Marítima o contrato de embarque
  • Carta de aceptación del cesionario de las toneladas traspasadas; en el caso que el cesionario sea una organización de pescadores artesanales, la carta debe ser firmada por el directorio y debe acompañarse certificado de vigencia, con una antigüedad no superior a 6 meses; documentación que acredite la representación del área o flota en su caso.

Individual

  • Carta de solicitud del cedente indicando las toneladas del recurso a ceder, así como la individualización del cesionario
  • Registro del último de zarpe de la(s) embarcación(es) del cedente otorgado por la Autoridad Marítima o contrato de embarque
  • Carta de aceptación del cesionario de las toneladas traspasadas; en el caso que el cesionario sea una organización de pescadores artesanales, la carta debe ser firmada por el directorio y debe acompañarse certificado de vigencia, con una antigüedad no superior a 6 meses; documentación que acredite la representación del área o flota en su caso.

Otras unidades de asignación:

  • Deberá adjuntarse los requisitos señalados para las organizaciones de pescadores artesanales, y los demás pertinentes la unidad de asignación respectiva
  • Carta de solicitud dirigida al Subsecretario de Pesca suscrita por el armador o su representante legal.

¿Cuál es el costo del trámite?

No tiene costo.

¿Cómo y dónde hago el trámite?

En línea

1.Reúna los antecedentes requeridos.
2.Diríjase al trámite en línea en: https://subpesca.cerofilas.gob.cl/tramites/iniciar/2361
3.Ingrese con su Clave única y siga las instrucciones de activación.
4.Ingrese su solicitud en línea.

En Oficina

Reúna los antecedentes requerido.
Diríjase a la oficina de la Subsecretaría de Pesca, ubicada en Bellavista 168, piso 16, Valparaíso. Horario de atención: lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas.
Explique el motivo de su visita: Cesión de toneladas en virtud del artículo 55 N de la LGPA.
Entregue los antecedentes requeridos.