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Centros de cultivo y sistemas de producción autorizados para cultivo

De acuerdo al inciso 3 del artículo 3 del D. S MINECON N° 45 DE 2021, el proyecto técnico de un centro de acuicultura de pequeña escala estará referido a un sistema de producción conforme a las definiciones contenidas en los numerales 23) o 24), del artículo 2º, lo que permitirá operar sobre todas las especies objeto de dicho sistema.

El detalle de las especies y grupos de especies por sistema de producción, se encuentra en la Resolución (Subpesca) N° 2453 de 2022.

Revise AQUÍ los centros de cultivo pertenecientes a titulares APE que tienen el beneficio de cultivar por sistemas de producción.

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