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Coronavirus: Subpesca difunde instructivo sobre salvoconductos para personal de plantas pesqueras y acuícolas

Las últimas restricciones dispuestas en el marco de la contingencia deben compatibilizarse con una necesidad fundamental: garantizar la disponibilidad de alimentos para la población.

Publicado: 23-mar-2020

El Gobierno ha dispuesto una serie de disposiciones en el marco de la contingencia generada por la pandemia del Coronavirus (Covid-19). Algunas de esas medidas -como el toque de queda o las barreras sanitarias- implican, por ejemplo, restricciones a la libertad de desplazamiento.

Esas restricciones, sin embargo, deben compatibilizarse con una necesidad fundamental: garantizar la permanente disponibilidad de alimentos para la población, área en que la pesca y la acuicultura juegan un papel esencial.

La actual crisis puede prolongarse por meses. En ese cuadro, cada chileno debe velar por su propio bienestar y seguridad, pero, a la vez, ser solidario y cumplir con las responsabilidades que tiene hacia los demás. Solo así se podrá enfrentar adecuadamente esta pandemia y ayudar a que nuestro país retome lo más pronto posible la normalidad.

CONTRIBUCIÓN AL PAÍS

En el actual contexto, resulta fundamental que las plantas pesqueras y acuícolas continúen trabajando con el objeto de asegurar las cadenas de abastecimiento, pero resguardando la salud y el bienestar de sus trabajadores, a través del estricto cumplimiento de las recomendaciones sanitarias entregadas por la autoridad.

Las últimas restricciones resueltas por la autoridad igualmente y bajo estrictas exigencias sanitarias permiten que los operarios y demás empleados de esas plantas pesqueras y acuícolas accedan a sus puestos de trabajo y contribuyan así a que Chile y los chilenos puedan sortear adecuadamente esta crisis sin precedentes.

SALVOCONDUCTO COLECTIVO

En el caso de los trabajadores de las plantas pesqueras y acuícolas, las empresas a las que pertenecen pueden solicitar un salvoconducto colectivo.

Estas autorizaciones tienen como principal objetivo permitir que cumplan sus labores -a través de sistemas de turnos, incluso durante el horario de restricción- aquellas personas que se desempeñan, por ejemplo, en labores de pesca y procesamiento de pescados y mariscos, producción de alimentos para animales, pisciculturas, centros de cultivo, centros de acopio y todo tipo de establecimientos en que se desarrollen las actividades de los prestadores de servicios de la acuicultura, incluidos transportistas.

¿CÓMO SE OBTIENE Y OPERA?

Para que las instituciones descritas puedan obtener el salvoconducto colectivo de manera remota, se les entregará una clave usuario especial. Con ese fin, deberán enviar un correo electrónico a comisaria.virtual@carabineros.cl.

En ese correo deberán individualizar a la o las personas representantes de la empresa (máximo cuatro) con su nombre completo, cédula de identidad, cargo y correo electrónico institucional. Además, deberán adjuntar el e-RUT de la empresa.

Recibida esta información, se remitirán las claves con nombre de usuario y contraseña.

Este permiso debe acotarse únicamente al personal necesario para aquellas funciones, tareas, procesos o áreas de gestión o servicio de la organización que no pueden suspenderse por resultar imprescindibles para garantizar la prestación de servicios de utilidad pública o la atención de necesidades básicas de la población.

Una vez obtenido el certificado, deberá enviarse a todos los funcionarios mencionados para que puedan exhibir el documento, ya sea en soporte físico o digital.

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