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Diario Oficial publica modificaciones relativas a vigilancia y control de la caligidosis

Los cambios complementan la resolución N°13 exenta, de 2015, que aprueba un programa Sanitario Específico respecto de esa enfermedad.

Publicado: 18-jul-2018

Respecto de esas modificaciones, la división de Acuicultura de Subpesca emitió el boletín que a continuación se transcribe:

“Con fecha 18 de julio de 2018 se ha publicado en el Diario Oficial la Resolución Exenta N° 2881 de 2018, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo que complementa al Programa Sanitario Específico de Vigilancia y Control de la Caligidosis.

“Dentro de estas modificaciones se incluye:

  • Los tratamientos antiparasitarios con Peróxido de Hidrógeno podrán ser ejecutados tanto dentro como fuera de una ventana de tratamiento oficial.
  • El Servicio podrá modificar una ventana de tratamiento frente a acuerdos sostenidos por la totalidad de los titulares de un ACS o extender una ventana en curso frente a solicitudes de un centro de cultivo, en consideración de factores ambientales, logísticos u otro que pudiese afectar el resultado de una terapia.
  • Se establece un plazo de 48 horas para el envío del plan de cosecha anticipada en los casos que aplica conforme el Programa.
  • Para la rotación de principios activos, podrán ser considerados tratamientos no farmacológicos, previa evaluación y autorización del Servicio.

“Todas las medidas establecidas en esta Resolución comienzan a regir desde la publicación en el Diario Oficial.

“El texto de la publicación se encuentra disponible en la página web del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, www.sernapesca.cl.”

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