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Transferencia de permisos extraordinarios de pesca

Descripción

El artículo 31 de la Ley General de Pesca y Acuicultura (LGPA) establece que el permiso extraordinario de pesca será divisible, transferible una vez al año y transmisible; y podrá ser arrendado y dado en comodato.

El presente trámite sólo se refiere a la transferencia de los mencionados permisos.

Descripción

El artículo 31 de la Ley General de Pesca y Acuicultura (LGPA) establece que el permiso extraordinario de pesca será divisible, transferible una vez al año y transmisible; y podrá ser arrendado y dado en comodato.

El presente trámite sólo se refiere a la transferencia de los mencionados permisos.

Marco legal

  • La Ley General de Pesca y Acuicultura.
    El D.S. Nº 97-1996, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que aprueba el Reglamento subasta de Permisos Extraordinarios de Pesca, y sus modificaciones.

¿A quién está dirigido?

Personas Naturales y Jurídicas que cumplan con los siguientes requisitos:

El Titular del permiso extraordinario deberá estar al día en el pago de la anualidad del permiso extraordinario de pesca.
El permiso extraordinario deberá encontrase vigente, no debe encontrarse en causal de caducidad ni sometido a alguna medida cautelar que impida su libre disponibilidad.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Carta solicitud dirigida al Subsecretario de Pesca y Acuicultura, suscrita por el requirente o su representante legal, con la individualización de la Resolución que otorgó el permiso extraordinario de Pesca.

Escritura pública o instrumento privado autorizado ante notario público, en que conste el acto jurídico traslaticio de dominio.

Para personas naturales:

  • Fotocopia de la cédula nacional de identidad.
  • Para personas jurídicas
  • Certificado de vigencia de la o las personas jurídicas correspondientes a las partes contratantes.
  • Poder suficiente de los representantes legales de las partes contratantes, para celebrar el acto respectivo, con certificación de vigencia del poder

Certificados de vigencia deberán haber sido emitidos con una antigüedad máxima de seis meses a contar de la fecha de la presentación de la solicitud.

¿Cuál es el costo del trámite?

No tiene costo.

¿Cómo y dónde hago el trámite?

En línea

1.Reúna los antecedentes requeridos.
2.Diríjase al trámite en línea en: https://subpesca.cerofilas.gob.cl/tramites/iniciar/2352
3.Ingrese con su Clave única y siga las instrucciones de activación.
4.Ingrese su solicitud en línea.

En Oficina

Reúna los antecedentes requeridos.
Diríjase a la oficina de la Subsecretaría de Pesca, ubicada en Bellavista 168, piso 16, Valparaíso o a las Direcciones Zonales de Pesca. Horario de atención: lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas.
Explique el motivo de su visita: Solicitar un adelantamiento de la cuota artesanal RAE.
Entregue los antecedentes requeridos