Cesiones de Cuota del Régimen Artesanal de Extracción de Pescadores Artesanales a Pescadores Artesanales en régimen Artesanal de Extracción o sólo inscritos en la pesquería respectiva
Descripción
Marco legal
- Artículo 55 N de la Ley General de Pesca y Acuicultura.
¿A quién está dirigido?
Organizaciones de pescadores artesanales, áreas, individual u otros titulares de asignaciones en el marco del Régimen Artesanal de Extracción (RAE) que manifiesten su voluntad en orden a ceder toneladas asignadas para el respectivo año calendario a otro titular de la misma región o titulares de otras regiones, siempre que se trate de una misma unidad poblacional.
También se podrán celebrar estos actos jurídicos en beneficio de uno o más pescadores artesanales inscritos en el Registro Artesanal en el respectivo recurso no sometidos al régimen y dentro de la misma unidad poblacional.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Dependiendo del tipo de unidad de asignación se deben presentar los siguientes documentos:
- Organización de pescadores artesanales:
- Carta de solicitud de la organización de pescadores artisanal cedente indicando las toneladas del recurso a ceder, así como la individualización del cesionario.
- Certificado de vigencia que acredite que la organización de pescadores artesanales se encuentra legalmente constituida y su directorio se encuentre vigente a la fecha de la solicitud, con una antigüedad no superior a 6 meses.
- Acta de asamblea, extendida en original o copia autorizada ante un ministro de fe (Notario Público, Oficial del Registro Civil o Secretario Municipal), en la cual debe constar la aprobación de la mayoría absoluta (50% +1) de los pescadores inscritos en la pesquería sometida a RAE).
- Registro del último de zarpe de la(s) embarcación(es) del cedente otorgado por la Autoridad Marítima o contrato de embarque.
- Carta de aceptación del cesionario de las toneladas traspasadas; en el caso que el cesionario sea una organización de pescadores artesanales, la carta debe ser firmada por el directorio y debe acompañarse certificado de vigencia, con una antigüedad no superior a 6 meses; documentación que acredite la representación del área o flota en su caso.
- Área
- Carta de solicitud del área cedente indicando las toneladas del recurso a ceder, así como la individualización del cesionario.
- Actas de asambleas de cada una de las organizaciones que integran el área, extendida en original o copia autorizada ante un ministro de fe (Notario Público, Oficial del registro civil o Secretario Municipal) en la cual debe constar la aprobación de la mayoría absoluta (50% +1) de los pescadores inscritos en la pesquería sometida a RAE.
- Certificado de vigencia de cada una de las organizaciones que componen el área, que acredite que las organizaciones de pescadores artesanales se encuentran legalmente constituidas y su directorio se encuentre vigente a la fecha de la solicitud, con una antigüedad no superior a 6 meses.
- Acta de Consejo de Administración que conste que la cesión fue autorizada por la mayoría absoluta de los representantes del área.
- Registro del último de zarpe de la(s) embarcación(es) del cedente otorgado por la Autoridad Marítima o contrato de embarque
- Carta de aceptación del cesionario de las toneladas traspasadas; en el caso que el cesionario sea una organización de pescadores artesanales, la carta debe ser firmada por el directorio y debe acompañarse certificado de vigencia, con una antigüedad no superior a 6 meses; documentación que acredite la representación del área o flota en su caso.
- Individual
- Carta de solicitud del cedente indicando las toneladas del recurso a ceder, así como la individualización del cesionario
- Registro del último de zarpe de la(s) embarcación(es) del cedente otorgado por la Autoridad Marítima o contrato de embarque
- Carta de aceptación del cesionario de las toneladas traspasadas; en el caso que el cesionario sea una organización de pescadores artesanales, la carta debe ser firmada por el directorio y debe acompañarse certificado de vigencia, con una antigüedad no superior a 6 meses; documentación que acredite la representación del área o flota en su caso.
- Otras unidades de asignación:
- Debera adjuntarse los requisitos señalados para las organizaciones de pescadores artesanales, y los demás pertinentes la unidad de asignación respectiva.
¿Cual es el costo del trámite?
¿Cómo y dónde hago el trámite?
En Oficina
- Reúna el antecedente requerido.
- Dríjase a la oficina de la Subsecretaría de Pesca, ubicada en Bellavista 168, piso 16, Valparaíso. Horario de atención: lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas.
- Explique el motivo de su visita: Inscripción en el Registro de Personas Jurídicas de Acuicultura
- Entregue el antecedente requerido.