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Cesiones de Cuota del Régimen Artesanal de Extracción de Pescadores Artesanales a Pescadores Artesanales en régimen Artesanal de Extracción o sólo inscritos en la pesquería respectiva

Descripción

El trámite se puede realizar durante todo el año en la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura.

Descripción

El trámite se puede realizar durante todo el año en la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura.

Marco legal

  • Artículo 55 N de la Ley General de Pesca y Acuicultura.

¿A quién está dirigido?

Organizaciones de pescadores artesanales, áreas, individual u otros titulares de asignaciones en el marco del Régimen Artesanal de Extracción (RAE) que manifiesten su voluntad en orden a ceder toneladas asignadas para el respectivo año calendario a otro titular de la misma región o titulares de otras regiones, siempre que se trate de una misma unidad poblacional.

También se podrán celebrar estos actos jurídicos en beneficio de uno o más pescadores artesanales inscritos en el Registro Artesanal en el respectivo recurso no sometidos al régimen y dentro de la misma unidad poblacional.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Dependiendo del tipo de unidad de asignación se deben presentar los siguientes documentos:

  • Organización de pescadores artesanales:
    • Carta de solicitud de la organización de pescadores artisanal cedente indicando las toneladas del recurso a ceder, así como la individualización del cesionario.
    • Certificado de vigencia que acredite que la organización de pescadores artesanales se encuentra legalmente constituida y su directorio se encuentre vigente a la fecha de la solicitud, con una antigüedad no superior a 6 meses.
    • Acta de asamblea, extendida en original o copia autorizada ante un ministro de fe (Notario Público, Oficial del Registro Civil o Secretario Municipal), en la cual debe constar la aprobación de la mayoría absoluta (50% +1) de los pescadores inscritos en la pesquería sometida a RAE).
    • Registro del último de zarpe de la(s) embarcación(es) del cedente otorgado por la Autoridad Marítima o contrato de embarque.
    • Carta de aceptación del cesionario de las toneladas traspasadas; en el caso que el cesionario sea una organización de pescadores artesanales, la carta debe ser firmada por el directorio y debe acompañarse certificado de vigencia, con una antigüedad no superior a 6 meses; documentación que acredite la representación del área o flota en su caso.
  • Área
    • Carta de solicitud del área cedente indicando las toneladas del recurso a ceder, así como la individualización del cesionario.
    • Actas de asambleas de cada una de las organizaciones que integran el área, extendida en original o copia autorizada ante un ministro de fe (Notario Público, Oficial del registro civil o Secretario Municipal) en la cual debe constar la aprobación de la mayoría absoluta (50% +1) de los pescadores inscritos en la pesquería sometida a RAE.
    • Certificado de vigencia de cada una de las organizaciones que componen el área, que acredite que las organizaciones de pescadores artesanales se encuentran legalmente constituidas y su directorio se encuentre vigente a la fecha de la solicitud, con una antigüedad no superior a 6 meses.
    • Acta de Consejo de Administración que conste que la cesión fue autorizada por la mayoría absoluta de los representantes del área.
    • Registro del último de zarpe de la(s) embarcación(es) del cedente otorgado por la Autoridad Marítima o contrato de embarque
    • Carta de aceptación del cesionario de las toneladas traspasadas; en el caso que el cesionario sea una organización de pescadores artesanales, la carta debe ser firmada por el directorio y debe acompañarse certificado de vigencia, con una antigüedad no superior a 6 meses; documentación que acredite la representación del área o flota en su caso.
  • Individual
    • Carta de solicitud del cedente indicando las toneladas del recurso a ceder, así como la individualización del cesionario
    • Registro del último de zarpe de la(s) embarcación(es) del cedente otorgado por la Autoridad Marítima o contrato de embarque
    • Carta de aceptación del cesionario de las toneladas traspasadas; en el caso que el cesionario sea una organización de pescadores artesanales, la carta debe ser firmada por el directorio y debe acompañarse certificado de vigencia, con una antigüedad no superior a 6 meses; documentación que acredite la representación del área o flota en su caso.
  • Otras unidades de asignación:
    • Debera adjuntarse los requisitos señalados para las organizaciones de pescadores artesanales, y los demás pertinentes la unidad de asignación respectiva.

¿Cual es el costo del trámite?

No tiene costo.

¿Cómo y dónde hago el trámite?

En línea

  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase al trámite en línea en: https://subpesca.cerofilas.gob.cl/tramites/iniciar/1382
  3. Ingrese con su Clave única y siga las instrucciones de activación.
  4. Ingrese su solicitud en línea.

En Oficina

  1. Reúna el antecedente requerido.
  2. Dríjase a la oficina de la Subsecretaría de Pesca, ubicada en Bellavista 168, piso 16, Valparaíso. Horario de atención: lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas.
  3. Explique el motivo de su visita: Inscripción en el Registro de Personas Jurídicas de Acuicultura
  4. Entregue el antecedente requerido.
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