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Registros

Inscripción en el Registro de Personas Jurídicas

Constancia que realiza la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura de la existencia legal de las personas jurídicas que realizan actividades de Acuicultura, para efectos de eximirse de presentar documentación en ciertos trámites. La solicitud se presenta directamente o vía postal en la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura (Bellavista 168, piso 16, Valparaíso), conjuntamente con la documentación exigida.

Descripción

La inscripción en el Registro de Personas Jurídicas contemplado en el Artículo 15 del D.S. Nº 113 de 2013, MINECON, es la constancia que realiza la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura de la existencia legal de las personas jurídicas que realizan actividades de Acuicultura, para efectos de eximirse de presentar documentación en ciertos trámites.

La inscripción es voluntaria, sin embargo, si ya está inscrito, será responsable de mantenerlo actualizado, enviando la documentación correspondiente en el mes de abril de cada año.

Instituciones que intervienen

  • Subsecretaria de Pesca y Acuicultura.

Costo del trámite

$0.

A quiénes va dirigido

Personas jurídicas.

Trámite en línea

No, presencial.

Marco normativo

* Todas estas normas pueden ser consultadas en el icono Normativa/Índice alfabético/Acuicultura, de esta página.

1.- Ley Nº 19.880.
2.- Artículo 7 y 15 del D.S. Nº 113 de 2013, y sus modificaciones, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba Registro Público de Concesiones de Acuicultura.

Requisitos

Puede ser peticionaria toda persona jurídica constituida según las leyes patrias, que comprenda en los estatutos sociales dentro de su giro u objeto social, el ejercicio de actividades de acuicultura, económicas o productivas.

Documentación exigida

1) Copia autorizada ante notario de escritura pública de constitución de la Sociedad.
2) Copia autorizada ante notario de la inscripción de la constitución de la sociedad en el Registro de Comercio, con anotaciones marginales que den cuenta de sus modificaciones, si existen.
3) Copia autorizada ante notario de la publicación en el Diario Oficial del extracto de constitución de la sociedad.
4) Copia autorizada ante notario de las escrituras públicas que den cuenta de las modificaciones de la sociedad, si existen.
5) Certificado de Vigencia de la sociedad, en original o copia autorizada anta notario, emitido por el Conservador de Bienes Raíces y Comercio respectivo.
6) Documento que acredite los poderes o personas que pueden representar a la sociedad, en original o copia autorizada ante notario, con certificación de vigencia. La vigencia también puede ser acreditada mediante certificado emitido por el Conservador de Bienes Raíces y Comercio respectivo, o con copia de inscripción de sociedad con certificación de que los poderes no han sido revocados o modificados, según corresponda.
* Sería aconsejable presentar una minuta explicativa de quien o quienes pueden representar a la Sociedad para tramitar concesiones de acuicultra.
*Las certificaciones no podrán tener una antigüedad superior a los tres meses contados desde la presentación de la solicitud.
7) Copia autorizada ante notario del R.U.T. de la sociedad, y los representantes legales de la sociedad.
8) Indicar domicilio, domicilio postal, fono, fax y correo electrónico de la sociedad.

Procedimiento general

1) La solicitud de inscripción en el Registro se presenta directamente o vía postal en la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura (Bellavista 168, piso 16, Valparaíso), conjuntamente con la documentación exigida.
2) La Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, a través de su División Jurídica, realizará un estudio legal de los antecedentes presentados y de su suficiencia, quien podrá inscribirla con el mérito de los antecedentes presentados, o requerir antecedentes complementarios.
3) Inscrita la persona Jurídica en la sección on.line del Registro, se emite un Certificado, el cual se distribuye internamente, al titular y al Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.


* Es importante recordar que si ya está inscrito en el Registro de Personas Jurídicas, es su responsabilidad mantenerlo actualizado enviado en el mes de abril de cada año, las certificaciones de vigencia de la sociedad y de los poderes de los representantes legales inscritos, o si estos fueron modificados, los documentos que correspondan.
*CONSULTAS: (56-32) 2502795; dcerda@subpesca.cl

Procedimiento de Reclamo Ley N° 19.880

En el evento de que sean solicitados antecedentes adicionales, que su titular no los acompañe, y se declare abandonado el procedimiento administrativo de la inscripción por resolución de la Subsecretaría, cuenta con el plazo de 5 días hábiles contados desde su notificación, para interponer recurso de reposición ante esta repartición, y recurso jerárquico en subsidio.

Sistema online

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