Contenido principal

Autorización de importación de especies hidrobiológicas de primera importación

Descripción

Resolución exenta que puede rechazar fundadamente la importación de especies hidrobiológicas de primera importación por razones sanitarias, autorizarla exigiendo determinadas certificaciones, o exigir la realización previa de un estudio sanitario.

El trámite se puede realiza durante todo el año en la oficina de la Subsecretaría de Pesca.

Descripción

Resolución exenta que puede rechazar fundadamente la importación de especies hidrobiológicas de primera importación por razones sanitarias, autorizarla exigiendo determinadas certificaciones, o exigir la realización previa de un estudio sanitario.

El trámite se puede realiza durante todo el año en la oficina de la Subsecretaría de Pesca.

¿A quién está dirigido?

Personas naturales o jurídicas.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Solicitud escrita con los siguientes antecedentes:

  • Nombre, RUT, domicilio y teléfono del beneficiario. En caso de ser persona jurídica, deberá adjuntar, además, copia simple de las escrituras públicas de su constitución y modificaciones, certificado de vigencia y copia del mandato del que actúa en su nombre y representación.
  • Identificación de la especie, nombre científico y común.
  • Distribución geográfica de la especie en su ámbito nativo.
  • Lugar geográfico y físico de procedencia de los ejemplares, señalando su estado de desarrollo.
  • Zona zoogeográfica y establecimiento en que se proyecta mantener la especie.
  • Objetivo de la importación.
  • Antecedentes de la especie en su ambiente nativo, considerando los siguientes aspectos:
    • Ciclo de vida.
    • Biología reproductiva, indicando:
      • Tipo de reproducción.
      • Tipo de fecundación.
      • Ciclo reproductivo.
      • Fecundidad.
  • Requerimientos ambientales para la reproducción.
  • Ecología, indicando el rol que desempeña en el ecosistema en las diferentes etapas de su ciclo de vida, particularmente en lo referido a su trama trófica.
  • Antecedentes de la tecnología de cultivo de las especies (cuando corresponda).
  • Patologías, agentes etiológicos, epibiontes, endobiontes y/o simbiontes relacionados con la especie.
  • Antecedentes que existan de la introducción de la especie realizada en otros países, con sus respectivos resultados.
  • Antecedentes bibliográficos.

Si el objeto de la primera importación de una especie hidrobiológica es su cultivo en sistemas de circuito controlado, deberá entregar además los siguientes antecedentes:

  • Diseño del sistema de cultivo o mantención, que permita su asilamiento del medio ambiente acuático.
  • Sistema de captación, tratamiento y evacuación de aguas.
  • Sistema de prevención y control de escapes de ejemplares, diseminación de enfermedades, programas de limpieza y desinfección, en todas las especies a importar.

¿Cual es el costo del trámite?

No tiene costo.

¿Cómo y dónde hago el trámite?

En Línea

1.Reúna los antecedentes requeridos.
2.Diríjase al trámite en línea en: https://subpesca.cerofilas.gob.cl/tramites/iniciar/627
3.Ingrese con su Clave única y siga las instrucciones de activación.
4.Ingrese su solicitud en línea.

En Oficina

  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a la oficina de la Subsecretaría de Pesca, ubicada en Bellavista 168, piso 16, Valparaíso. Horario de atención: lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas.
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar autorización de importación de especies hidrobiológicas.
  4. Entregue los antecedentes requeridos.
  5. Como resultado del trámite, habrá solicitado la autorización. Obtendrá una respuesta en un plazo máximo de 90 días.