Larvas

El Fondo de Investigación Pesquera y de Acuicultura (FIPA) está destinado a financiar estudios necesarios para fundamentar la adopción de medidas de administración de las pesquerías y de las actividades de acuicultura.

Origen y Objetivo

La Ley General de Pesca y Acuicultura crea en su Título VII párrafo 2 Art. 93, el Fondo de Investigación Pesquera y de Acuicultura (FIPA), que dependiente del Ministerio de Economía Fomento y Turismo tiene como función, el financiar los proyectos de investigación pesquera y de acuicultura, necesarios para la adopción de las medidas de administración de las pesquerías y de las actividades de acuicultura

Financiamiento del FIPA

El FIPA se financia a través de los recursos financieros que se establecen anualmente en la Ley de Presupuestos de la Nación, y otros aportes.

Administración del FIPA

El Fondo de Investigación Pesquera y de Acuicultura es administrado por el Consejo de Investigación Pesquera y de Acuicultura, contando además con un Director Ejecutivo, cuyas funciones se orientan a materializar las decisiones del Consejo e informa a éste sobre la marcha del Fondo.

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