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Mecanismos de participación Ciudadana

A continuación se presentan los mecanismos de participación ciudadana que la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura pone a disposición de sus usuarios.

Nombre del mecanismo de participación ciudadana Descripción del mecanismo de participación ciudadana Tiene consejo consultivo Enlace a consejo consultivo Requisitos para participar Propósito de la aplicación o implementación del mecanismo Participantes y/o beneficiarios Enlace a mayor información
Consejos de la Sociedad Civil La Subsecretaría de Pesca y Acuicultura confiere el carácter de Consejos de la Sociedad Civil al Consejo Nacional de Pesca y a la Comisión Nacional de Acuicultura. SI ver enlace De acuerdo al Artículo146 de la Ley General de Pesca y Acuicultura los requisitos son:
Ser Presidido por el Subsecretario, quien designará a un funcionario de esta misma entidad para que ejerza el cargo de Secretario Ejecutivo y Ministro de Fe. En ausencia del Subsecretario, las sesiones serán presididas por el Director Nacional del Servicio.
- Representantes del sector público: el Director General del Territorio Marítimo y Marina Mercante ; el Director del Servicio Nacional de Pesca, y el Director Ejecutivo del Instituto de Fomento Pesquero.
- Cinco representantes de las organizaciones gremiales del sector empresarial legalmente constituidas, designados por las respectivas organizaciones, entre los que deberán contarse representantes de las siguientes macrozonas del país: I y II Regiones ; III a IV Regiones ; V a IX. Regiones e Islas Oceánicas y X a XII Regiones ; y un representante de los pequeños armadores industriales.
- Un representante de las organizaciones gremiales legalmente constituidas del sector acuicultor. Este representante no tendrá derecho a voto en las decisiones sobre la medida de administración de cuotas globales de captura y sobre el fraccionamiento de dicha cuota.
- Siete representantes de las organizaciones gremiales legalmente constituidas del sector laboral, designados por sus propias organizaciones, en donde deberán quedar integrados: un representante de los oficiales de naves pesqueras ; un representante de los tripulantes de naves pesqueras, y cuatro representantes de plantas de procesamiento de recursos hidrobiológicos, dos de los cuales deberán provenir de plantas de procesamiento de recursos hidrobiológicos destinados al consumo humano, que facturen ventas por un monto igual o inferior a 25.000 unidades de fomento al año, y que los titulares de dichas plantas no sean titulares de autorizaciones de pesca para naves, y un representante de los encarnadores de la pesca artesanal 380.
- Cinco representantes de las organizaciones gremiales del sector pesquero artesanal, designados por sus propias organizaciones, entre los cuales deberán quedar representadas las siguientes macrozonas del país: I y II Regiones ; III a IV Regiones ; V a IX Regiones e Islas Oceánicas, y X a XII Regiones. 381
- Siete consejeros nominados por el Presidente de la República, con el acuerdo de los tres quintos del Senado. Entre estos consejeros deberán nominarse, al menos, un profesional con especialidad en ecología, un profesional universitario relacionado con las ciencias del mar, un abogado y un economista.
No podrán desempeñarse como consejeros de nombramiento presidencial, las siguientes personas: que tengan relación laboral regida por el Código del Trabajo con una empresa o persona que desarrolle actividades pesqueras ; dirigentes de organizaciones de pescadores artesanales e industriales legalmente constituidas ; que tengan participación en la propiedad de empresas que desarrollen directamente actividades pesqueras extractivas y de acuicultura, cuando los derechos sociales del respectivo consejero excedan del 1% del capital de la correspondiente entidad ; así como las personas naturales que desarrollen directamente tales actividades ; funcionarios públicos de la Administración Central del Estado ; personas que presten servicios remunerados a cualquier título, al Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción o a los servicios dependientes de dicho Ministerio ; miembros del Consejo nominados conforme a este número, antes de asumir el cargo, deberán declarar bajo juramento y mediante instrumento protocolizado en una notaría, la circunstancia de no afectarles alguna de las incompatibilidades señaladas precedentemente. Asimismo, deberán presentar una declaración de intereses en conformidad con la ley orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. Si alguno de los consejeros designados de conformidad a este número incurriere, durante el ejercicio del cargo, en alguna de las circunstancias inhabilitantes señaladas precedentemente, cesará de inmediato en sus funciones, y será reemplazado de acuerdo con las reglas generales por el tiempo que reste al consejero inhabilitado ; miembros representantes del sector institucional durarán en sus funciones mientras permanezcan como titulares en sus cargos, miembros del Consejo, representantes de los sectores empresarial y laboral, y aquellos nominados por el Presidente de la República, durarán cuatro años en sus cargos.
En el mes de abril de 2013 el Consejo Nacional de Pesca sesionó el 17/4. Los siguientes Consejos Zonales de Pesca sesionaron en el mes de abril: CZP XV-II 26/04; CZP III-IV 26/04; CZP VIII 30/04; CZP X 30/04y CZP XII 30/04 Autoridad Marítima, Autoridades con Competencia Ambiental, Comisión Nacional de Acuicultura, Congreso Nacional, Consejo de Investigación Pesquera, Consejo Nacional y Zonales de Pesca, Entidades Educacionales - Investigación, Gobiernos Regionales, Ministerios, Organizaciones Internacionales, Sector Nacional Acuicultor, Sector Nacional Pesquero, Sernapesca, miembros de la Sociedad Civil vinculados al sector pesquero y acuicultor nacional.

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De acuerdo a lo establecido en la Ley 20.597, la Comisión Nacional de Acuicultura es presidida por el Subsecretario de Pesca y Acuicultura, y está integrada además por los siguientes miembros:

- Un representante de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas.
- Un representante del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
- Un representante del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
- Un representante del Ministerio del Medio Ambiente.
- Un representante de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante.
- Un representante del Instituto de Fomento Pesquero.
- Siete miembros provenientes de las asociaciones de acuicultores legalmente constituidas, designados por el Presidente de la República, a propuesta del Subsecretario de Pesca y Acuicultura.
- Tres miembros provenientes de una asociación de prestadores de servicios de la acuicultura legalmente constituida, designados por el Presidente de la República, a propuesta del Subsecretario de Pesca y Acuicultura.
- Dos representantes de los trabajadores de centros de cultivo designados por el Presidente de la República, a propuesta del Subsecretario de Pesca y Acuicultura.

Las tareas que debe realizar la Comisión Nacional de Acuicultura conforme a lo establecido en la Ley, son las siguienes:
- Dar su opinión respecto de los reglamentos a que se refieren los artículos 86 y 87 de la ley General de Pesca y Acuicultura.
- Elaborar y proponer las medidas, planes y programas tendientes a la ejecución e implementación de la Política Nacional de Acuicultura.
- Dar su opinión respecto de la zonificación del borde costero en relación con actividades de acuicultura.
- Dar su opinión sobre asuntos internacionales con relevancia para el sector.
- Dar su opinión sobre las modificaciones a la Ley General de Pesca y Acuicultura en materia de acuicultura, que proponga el Presidente de la República, antes que sean presentadas al Congreso Nacional.
- Adicionalmente, podrá referirse a las demás materias que estime pertinentes y que incidan en la actividad de acuicultura, quedando facultada para solicitar los antecedentes necesarios de los organismos públicos o privados del sector, a través de su Presidente.
Autoridad Marítima, Autoridades con Competencia Ambiental, Comisión Nacional de Acuicultura, Congreso Nacional, Consejo de Investigación Pesquera, Consejo Nacional y Zonales de Pesca, Entidades Educacionales - Investigación, Gobiernos Regionales, Ministerios, Organizaciones Internacionales, Sector Nacional Acuicultor, Sector Nacional Pesquero, Sernapesca, miembros de la Sociedad Civil vinculados al sector pesquero y acuicultor nacional.
Programa Subpesca en Terreno La Subsecretaría de Pesca y Acuicultura elabora anualmente un Programa de Difusión llamado " Subpesca en Terreno" que consiste en la presencia en regiones y puntos aledaños del país de la autoridad y de profesionales de las distintas áreas institucionales, con el objeto de entregarles información de interés para ellos NO ver enlace No tiene requisitos para participar En septiembre del 2012 se organizó por parte del Departamento de Pesquerías una visita a la Isla de Juan Fernandez. Esta en el sitio informe de la reunión. Autoridad Marítima, Autoridades con Competencia Ambiental, Entidades Educacionales - Investigación, Gobiernos Regionales, Ministerios, Organizaciones Internacionales, Sector Nacional Acuicultor, Sector Nacional Pesquero, Sernapesca, miembros de la Sociedad Civil , pescadores/as artesanales y acuicultores de pequeña escala.

2010

2011

2012

Sistema de Información Atención Ciudadana , SIAC, sitio web. La Subsecretaría de Pesca y Acuicultura pondrá en conocimiento público información relevante acerca de sus políticas, planes, programas, acciones y presupuestos, asegurando que ésta es oportuna, completa y ampliamente accesible. Se accede a esta información a través del sitio web www.subpesca.cl y a través de sus Oficinas de Informaciones, reclamos y Sugerencias (OIRS) NO No tiene requisitos para participar En el mes de abril de 2013 se recibieron a través de la OIRS 76 consultas de las cuales ingresaron 65 a través de correo electrónico, 4 vía telefónica, 4 por sistema y 3 por derivación de otro servicio.. Ciudadanía en General ver enlace
Sistema de gestión de solicitudes de Acceso a la Información Es un sistema informático a través del cual los Usuario /as pueden solicitar documentación que emane de esta institución. NO No tiene requisitos para participar El beneficiario es la Ciudadanía en General. Durante el mes de abril de 2013 ingresaron por la Ley de Transparencia 29 solicitudes de información, 25 ingresaron por el SGS, 3 por carta y 1 derivada de otro servicio. De total 27 se encuentran finalizadas y 2 están en proceso. Ciudadanía en General ver enlace
Carta de Derechos Ciudadanos La Subsecretaría de Pesca y Acuicultura dispone de una Carta de Derechos Ciudadanos donde se explicitan los derechos que tienen los usuarios/as del sector y que esta visible en todos nuestras oficinas. NO No tiene requisitos para participar La Carta de Derechos y deberes Ciudadanos se encuentra disponible en el sitio web www.subpesca.cl y en afiches ubicados en la Direcciones Zonales, Oficina de Valparaíso y Santiago Ciudadanía en General ver enlace

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