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Extraccion de algas pardas en Caldera

Subpesca mantiene recomendación de veda de algas pardas para la III Región propuesta por el Comité de Manejo

La veda para los recursos huiro palo (Lessonia trabeculata) , huiro negro (Lessonia nigrescens), y huiro macro o flotador (Macrocystis spp), se aplicará a contar del 14 de octubre y hasta el 31 de diciembre.

Publicado: 11-oct-2013

Caldera: Con fecha 2 de octubre se efectuó sesión ordinaria del Comité de Manejo de Algas Pardas de la III Región de Atacama, con el propósito de presentar el Primer Plan de Manejo implementado bajo la nueva normativa pesquera (Res. N°2672/2013). Adicionalmente, en esta oportunidad se discutió la decisión adoptada en la reunión del mismo Comité realizada durante el primer semestre, respecto a establecer una veda extractiva de huiro palo (Lessonia trabeculata) , huiro negro (Lessonia nigrescens) , y huiro macro o flotador (Macrocystis spp), durante el último cuatrimestre del 2013.

Cabe recordar que dicha decisión había sido adoptada por el Comité en vista de los antecedentes técnicos disponibles para la pesquería en la III Región, los que dan cuenta del actual estado de explotación de los recursos huiro negro, huiro macro y huiro palo, cuyos indicadores señalan la urgente necesidad de adoptar medidas tendientes a su conservación y adecuada administración, tal como lo instruye la actual Ley General de Pesca y Acuicultura (enfoque precautorio).

Comites de Manejo de algas pardas III región
Comites de Manejo de algas pardas III región

En este sentido, la extracción total de algas pardas realizada solamente durante el periodo enero - junio en la III Región supera ampliamente el rango de cuota biológicamente aceptable para todo el año 2013. Es así como para el primer semestre de 2013 el desembarque de huiro negro representaba el 71 % del total desembarcado el año 2012; el registro de huiro macro es aun mayor con un desembarque que alcanza el 90 % de lo reportado el 2012 y en el caso de huiro palo a junio de 2013 el desembarque supera en un 55 % el registro del año anterior. Por otra parte, cabe señalar que la data de los antecedentes considerados es previa a las marejadas ocurridas durante julio del presente año, las que originaron grandes mortalidades naturales en la costa del norte (varazones).

Considerando las observaciones surgidas en la última reunión del Comité, se discutió las implicancias de la decisión adoptada y las razones que motivaron su aplicación, luego de lo que el Comité ratificó por una mayoría la decisión de aplicar la veda extractiva a partir del 14 de octubre y hasta el 31 de diciembre.

"De esta manera estamos cumpliendo con los procedimientos establecidos por el Comité de Manejo , los que por supuesto, están acorde con los antecedentes técnicos, como lo establece la Ley de Pesca y Acuicultura ", explico el Subsecretario de Pesca y Acuicultura, Pablo Galilea.

El Comité de Manejo de Algas Pardas de la III región se encuentra formalizado como tal desde el año 2012 (Res. N°2684/2012). No obstante, su funcionamiento como instancia público-privada se remonta al año 2006 cuando se iniciaron las primeras acciones para promover el ordenamiento de la pesquería de algas pardas en la zona norte del país. Entre sus miembros se cuentan representantes del sector artesanal, industrial e institucional.