Contenido principal

Solicitudes y formularios

Pago de patente de lancha artesanal

Nómina de sujetos de cobro y valores

La patente se paga en unidades tributarias mensuales (UTM), de acuerdo a cada tonelada de registro grueso de la nave (TRG). Aquellas de eslora igual o superior a 12 metros e inferiores a 15 metros, pagarán el equivalente a 0,2 UTM mensuales por TRG; mientras que las de eslora igual o superior a 15 metros, cancelarán 0,4 UTM por TRG. El cobro se efectuará en dos cuotas iguales pagaderas en los meses de enero y julio de cada año.

Se puede descontar de la patente hasta el 100% del gasto por la adquisición e instalación del posicionador satelital para aquellas naves que ya lo tengan incorporado y hasta el 50% del gasto operacional del mismo; esto no será aplicable cuando el armador haya recibido un subsidio o asignación del Estado para su adquisición. Asimismo, los armadores que paguen por la certificación de desembarque podrán descontar del pago de la patente hasta el 50% del gasto de dicha certificación. Estos descuentos no pueden superar el valor total de la patente anual.

La patente debe ser pagada en las oficinas regionales de la Tesorería General de la Repúblicas con el Rut, informando que viene pagar el Formulario 37 . Las multas por retraso son las definidas por dicha institución.

Reclamaciones al cobro de patente artesanal

Los armadores artesanales pueden ejercer su derecho a reclamar, respecto de las actuaciones administrativas que den cuenta de: un mal cálculo en el cobro de la patente; un error en el valor a descontar; o cualesquiera otras circunstancias que incidan en el pago de la patente. Asimismo, todos aquellos antecedentes no presentados en forma oportuna, serán considerados en fecha posterior, bajo la modalidad de "ajustes al cobro".
Para hacer uso del derecho consignado en el párrafo precedente, los armadores deberán seguir el siguiente procedimiento:

  • La solicitud de reclamación deberá hacerse por escrito, dirigida al Sr. Subsecretario de Pesca y Acuicultura, adjuntando los documentos originales o copia de los mismos legalizada ante notario, conteniendo lo siguiente:
    • Nombre y apellidos del interesado y, en su caso, de su apoderado, así como la identificación del medio preferente o del lugar que se señale, para los efectos de las notificaciones.
    • Nombre de la embarcación y Número asignado en el Registro Pesquero Artesanal.
    • Especificar los hechos y fundamentos en que se basa su reclamo; así como el monto y fecha del o los gastos y/o inversión realizada.
    • Firma del solicitante o acreditación de la autenticidad de su voluntad expresada por cualquier medio habilitado.
  • Si la solicitud no reúne los requisitos señalados en el párrafo precedente, se requerirá al interesado para que, en un plazo de cinco días, subsane la falta o acompañe los documentos respectivos, con indicación de que, si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su petición.
  • Las solicitudes sólo podrán ser ingresadas en las Oficinas del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura y remitidas a la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
  • La Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y, el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, dispondrán en su sitio web correspondiente, de un formulario único para presentar las reclamaciones.
  • De las solicitudes y escritos que presenten los interesados en las Oficinas del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, podrán éstos exigir el correspondiente recibo que acredite la fecha de presentación, admitiéndose como tal una copia en la que figure la fecha de presentación anotada por la oficina

La carta tipo para presentar la reclamacion se encuentra en la página de Sernapesca en el siguiente link: carta de reclamación

Nómina de cobro patentes artesanales año 2024.