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Informe Ambiental para la Acuicultura

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Descripción

De acuerdo al artículo 21º del D.S. Nº 320 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Reglamento Ambiental para la Acuicultura, a partir de la información generada por éste, la Subsecretaría de Pesca debe emitir un informe sobre el estado ambiental de la acuicultura.

La información ambiental de la acuicultura se recopila a través de dos instrumentos establecidos por este Reglamento, la Caracterización Preliminar de Sitio (CPS), para determinar la capacidad del cuerpo de agua solicitado en concesión y la Información Ambiental (INFA), para determinar el desempeño ambiental de los centros de cultivo. Estos instrumentos se comenzaron a aplicar a partir del 10 de febrero de 2003, fecha en que se publicó en el Diario Oficial la Resolución (Subpesca) Nº 404 que establece los contenidos y metodologías para elaborarlos. Sin embargo, no es hasta el 14 de diciembre de 2003 en que este Reglamento entró en vigencia para todos los centros de cultivos, los centros autorizados antes de su publicación tuvieron dos años para adaptarse a sus requerimientos.

Este primer Informe Ambiental de la Acuicultura contiene el análisis de la información correspondiente a la entrega de la primera IANFA de parte de los titulares (febrero 2003 - diciembre 2004) y a la fiscalización realizada por el Servicio Nacional de Pesca durante los años 2004 - 2005; y tiene como objetivo dar a conocer el estado ambiental de la acuicultura durante su primer período de aplicación. Este análisis se irá complementando en los años siguientes a medida que la serie de datos que se vaya originando permita realizar una análisis de tendencia.

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