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¿Qué significa Participación para el Convenio?

La Participación de los pueblos indígenas es exigida respecto a las acciones destinadas a proteger los derechos de los pueblos indígenas así como en las medidas que se adopten para allanar las dificultades que experimenten al afrontar nuevas condiciones de vida o de trabajo, etc.

Asimismo, el Estado debe establecer los medios a través de los cuales los pueblos indígenas puedan participar libremente, por lo menos en la misma medida que toda la población, en la adopción de decisiones en instituciones electivas y organismos administrativos responsables de políticas y programas que les conciernan.

En procesos de planificación la Participación debe darse en la formulación, aplicación y evaluación de los planes y programas de desarrollo; en la priorización en los planes de desarrollo económico de las regiones en que habitan; y en la formulación y ejecución de programas de educación.

En la administración y beneficios derivados de recursos naturales, la participación ha de darse en la utilización, administración y conservación de los recursos naturales existentes en sus tierras y en los beneficios, siempre que sea posible.