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¿Cuáles son los procedimientos de Consulta?

La Consulta debe realizarse mediante procedimientos apropiados y a través de instituciones representativas. Además debe efectuarse de buena fe y de una manera apropiada, con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las medidas propuestas. Se trata de un procedimiento obligatorio una vez que entre en vigencia el Convenio y tiene la finalidad de que se tengan en cuenta las observaciones y sugerencias de los pueblos indígenas, pero no implica veto.

En los casos en que se prevén medidas de aplicación a la población en general (y no sólo a los pueblos indígenas) es esencial que el Estado incorpore en sus análisis la pertinencia indígena.