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¿A quiénes beneficia el Convenio?

Los pueblos a los que resultan aplicables las disposiciones del Convenio son: Mapuche, Aimara, Rapa Nui, Atacameño, Quechua, Colla y Diaguita, Kawashkar y Yagán en conformidad al artículo 1º de la Ley Indígena.