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Memorándum de Entendimiento sobre Tiburones

El Memorándum de Entendimiento sobre la Conservación de Tiburones Migratorios es un instrumento internacional, de carácter no vinculante, que pretende la conservación de las especies migratorias de tiburones. Fue fundada bajo los auspicios de la Convención sobre la conservación de las especies migratorias de animales silvestres (CMS).

Sus objetivos son alcanzar y mantener un estado de conservación favorable para los tiburones migratorios en base a la mejor información científica disponible y teniendo en cuenta el valor socio-económico de estas especies para las personas en los diversos países.

Este instrumento abarca cualquier especie, subespecie o población de la clase Chondrichthyes indicada en su Anexo I. A la fecha, se encuentra incluídos en este Anexo siete especies de tiburones: Carcharodon carcharias, Rhincodon typus, Cetorhinus maximus, Isurus oxyrinchus, Isurus paucus, Lamna nasus y las poblaciones del norte de Squalus acanthias. El Anexo puede ser enmendado por consenso cualquiera de las sesiones de la Reunión de los Signatarios.

A nivel nacional se ha establecido una medida de conservación para las especies de tiburones incluidas en los apéndices CMS cuyo estado de conservación es de gran amenaza. Esta medida, contenida en el D.S. N° 81 del año 2009, establece una prohibición de captura permanente en Chile para las siguientes especies: tiburón ballena (Rhincodon typus), tiburón blanco (Carcharodon carcharias) y tiburón peregrino (Cetorhinus maximus). Por su parte, el año 2011 se promulgó en Chile la Ley N° 20.525 que modifica la Ley General de Pesca y Acuicultura en materia de aprovechamiento y beneficio de tiburones, que prohíbe la mutilación de las aletas de cualquier especie de tiburón, acción denominada aleteo o finning.

Ligado con este tema, Chile cuenta con un Plan de Acción Nacional para la Conservación de Tiburones.