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PRESENTACIÓN
En Chile, la administración y regulación de la actividad pesquera se remonta al año 1964, cuando se crea bajo la dependencia del Ministerio de Agricultura, la Dirección de Agricultura y Pesca, la cual contó con un departamento de Pesca. Posteriormente, en el año 1968, se creó el Servicio Agrícola y Ganadero, SAG. De este Servicio dependían una serie de organismos relacionados con el sector agropecuario y se incluyó la División de Pesca, la que tenía por responsabilidad regular toda la actividad pesquera del país.
En 1976, el sector pesquero alcanzó un realce nunca antes visto lo que motivó la creación de la Subsecretaría de Pesca, mediante el Decreto Ley Nº 1.626, del 21 de Diciembre de 1976. Dicho documento solamente refiere la creación de la Subsecretaría y el cargo de Subsecretario, ambos dependientes del Ministerio de Agricultura. Será con posterioridad que la Subsecretaría de Pesca comienza a funcionar bajo la tutela del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Más tarde, el Decreto Ley Nº 2.442, del 20 de Diciembre de 1978, establece las funciones y atribuciones del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción en materia de pesca, organizándose la Subsecretaría de Pesca dependiente del citado Ministerio. Mediante dicha normativa se crearon los cargos de la entidad y se asignó el presupuesto correspondiente. La operación se inició en la ciudad de Santiago con 40 funcionarios, entre profesionales y administrativos. Nuevos decretos han introducido modificaciones a la planta de la Subsecretaría llegando a estar conformada hoy por más de 150 funcionarios y funcionarias, distribuidos tanto en sus oficinas centrales en Valparaíso, como en sus 6 Direcciones Zonales y en su oficina de coordinación en Santiago.
Actualmente se encuentra bajo la dirección de Sr. Pablo Galilea Carrillo, quien asumió sus funciones como Subsecretario de Pesca, el 11 de marzo recién pasado.
Su función principal es proponer la política pesquera y de acuicultura nacional y sus formas de aplicación, como también los reglamentos e impartir las instrucciones para la ejecución de la política nacional pesquera y de acuicultura. Dentro de sus competencias se encuentra también: proponer las normas de protección, control y aprovechamiento racional de los recursos hidrobiológicos disponibles y su medio; pronunciarse, mediante resolución, sobre las solicitudes de permisos de pesca de buques nacionales o extranjeros y para instalación, ampliación o traslado de industrias pesqueras y de establecimientos de centros de cultivos; orientar la actividad del sector industrial hacia un eficiente aprovechamiento de los recursos pesqueros; fomentar la actividad pesquera artesanal y promover y coordinar la investigación que requiera el sector pesquero y acuicultor, proponiendo su financiamiento. Finalmente, le corresponde elaborar y difundir la información sobre el sector pesquero, como así también promover y coordinar la capacitación profesional de los medios humanos del sector y regular las actividades de pesca deportiva.
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